CARTAS

México, 14/05/20

Carta Art 41: Centros de detención migratoria y deportaciones en México

14 de mayo de 2020.- El Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova, Asylum Access México, la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, el Programa de Asuntos Migratorias de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), con fundamento en las competencias que le otorga el artículo 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), solicitamos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que requiera al Estado mexicano información detallada sobre las condiciones en los centros de detención para personas migrantes en México, y sobre aquellas personas migrantes que en el marco de la pandemia generada por el COVID-19 han sido liberadas en condiciones contrarias a sus derechos humanos y a las obligaciones internacionales del Estado  mexicano.

En el texto presentaremos una descripción del contexto y los acontecimientos en las estaciones migratorias en México durante la pandemia del COVID-19 y los riesgos que estos generan para la población en contexto de movilidad humana en México. Finalmente presentamos nuestras solicitudes a la CIDH, en particular: 

Solicite al Estado mexicano que informe de manera detallada sobre:

 

    • La cantidad y ubicación de todas las personas detenidas dentro de las estaciones migratorias del país y las condiciones de detención.

    • Si continúan deteniéndose personas migrantes, posterior al desalojo de estaciones migratorias anunciado el 26 de abril por las autoridades.

    • Las condiciones en las que se han desalojado a las personas detenidas en los centros de detención migratoria, el paradero de las mismas y las deportaciones y condiciones de las deportaciones llevadas a cabo.Reitere al Estado mexicano sus obligaciones en materia de derechos humanos, respecto a personas migrantes y refugiadas, especialmente en materia salud, libertad personal, integridad personal, derecho a buscar y recibir asilo y el principio de no devolución. Y en este sentido, inste al Estado a adoptar medidas orientadas a respetar dichos derechos a personas migrantes sometidas a su jurisdicción. Por lo que solicitamos:

      • Solicite al Estado mexicano, la liberación inmediata de las personas que aún se encuentran detenidas dentro de las estaciones migratorias, atendiendo al llamado de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, La Organización Internacional para las Migraciones y la Organización Mundial de la Salud.

      • Solicite al Estado mexicano adopte e implemente de manera urgente, protocolos para la liberación de las personas detenidas en donde se respeten los derechos humanos de todas las personas. Especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad. Con especial énfasis en los derechos a la salud, a la vivienda, al agua, al derecho a buscar y recibir asilo y el respeto al principio de no devolución.

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