COMUNICADOS

México, 31/01/2020

México debe abstenerse de obstaculizar y criminalizar la labor de defensa de los derechos humanos de las personas migrantes

Las Américas, 31 de enero de 2020.- Organizaciones internacionales de derechos humanos condenamos categóricamente el cierre de espacios para el monitoreo y la defensa de derechos de personas migrantes y solicitantes de protección internacional, en particular mediante la decisión del Instituto Nacional de Migración (INM) de suspender temporalmente “el ingreso a Estaciones Migratorias y Estancias Provisionales de integrantes de Asociaciones Religiosas e Integrantes de Asociaciones de Sociedad Civil” en su oficio INM/DGCVM/0118/2020 del 28 de enero.

El día de ayer, organizaciones afectadas se reunieron con autoridades mexicanas y acordaron, entre otros, revocar el oficio; sin embargo, la medida implementada por el INM no representa una acción aislada, al contrario, se suma a las acciones del Estado mexicano que buscan estigmatizar, obstaculizar y criminalizar la labor de personas y organizaciones que defienden los derechos humanos de la población migrante y en necesidad de protección internacional.

Incluso antes de la publicación del oficio, organizaciones de sociedad civil, como el Centro de Derechos Humanos Fray Matías, denunciaron que autoridades mexicanas les negaron la autorización de acceder a estaciones migratorias para monitorear la situación de derechos humanos de las personas migrantes. Tras la publicación del oficio, esta negativa se extendió a la mayoría de las instalaciones migratorias del país.

Ante estos hechos, las organizaciones firmantes denunciamos, en primer lugar, que México continúa violando de manera sistemática los derechos humanos de las personas en movilidad mediante la implementación de una política de detención generalizada como medio para desincentivar la migración. Recordamos al Estado que la detención se debe efectuar solamente como medida de último recurso y en casos excepcionales y es una obligación internacional de los Estados garantizar un monitoreo periódico e independiente de todos los centros de detención de migrantes, adoptar medidas alternativas a la detención y respetar la prohibición de la detención de niños, niñas y adolescentes y personas en necesidad de protección internacional.

Como ha indicado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), “las condiciones de detención pueden constituir tortura, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes cuando sean manifiestamente desproporcionadas y ejecutadas o toleradas por los Estados por razones basadas en discriminación de cualquier tipo, incluida la situación migratoria, o con el propósito de disuadir, intimidar o sancionar a los migrantes o sus familiares, obligándoles a retirar sus solicitudes de protección o condición migratoria, aceptar un retorno voluntario, proveer información o huellas digitales o con la intención de extorsionarlos por dinero o actos sexuales”.

En segundo lugar, denunciamos que al obstaculizar la labor de las organizaciones de sociedad civil, México deja en total desprotección a las personas migrantes y solicitantes de protección internacional, limita su acceso a la justicia y al debido proceso, y las expone a graves riesgos para su integridad y su vida.

Al tiempo, México incumple su obligación de garantizar las condiciones necesarias para que las personas y organizaciones defensoras puedan ejercer su labor sin obstáculos y de manera segura. En este sentido, como lo ha hecho la Oficina del Alto Comisionado de la Naciones Unidas, respaldamos y reconocemos la fundamental labor que ejercen las organizaciones de derechos humanos que acompañan a la población migrante y solicitante de asilo.

Finalmente, las organizaciones firmantes exigimos que México:

  • Avance de manera inmediata en el cumplimiento de los compromisos acordados el día de ayer con las organizaciones de sociedad civil, en particular con la revocación de la prohibición emitida por el INM, y garantice el ingreso a las estaciones migratorias y estancias provisionales a las organizaciones que realizan acciones de monitoreo, acompañamiento y representación legal, sin restricciones respecto al permiso de acceso y en cuanto a los lugares de monitoreo.
  • Se abstenga de continuar implementando una política de contención, detención y deportación de las personas migrantes y, en cambio, cumpla con sus obligaciones internacionales en la materia y garantice los derechos humanos de las personas en movilidad.
  • Se abstenga de estigmatizar, obstaculizar y criminalizar el trabajo de las personas y organizaciones que defienden los derechos humanos de la población migrante y solicitante de protección, y garantice las condiciones necesarias para que estas personas puedan ejercer su labor de manera segura.
  • Autorice la visita in loco de la CIDH, planteada por las y los comisionados el pasado mes de septiembre, para monitorear la situación de derechos humanos de las personas migrantes y solicitantes de protección en la frontera sur y norte del país.

Organizaciones firmantes: 

Asociación Coordinadora Comunitaria de Servicios para la Salud (ACCSS)
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
Colectivo “Dignidad Sin Fronteras”, San Salvador, El Salvador
Comisión de Derechos Humanos de Guatemala (GHRC/USA)
Deportados Unidos en la Lucha, México
Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD)
Kids In Need of Defense (KIND)
Latin America Working Group (LAWG)
Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA)

FUENTE: CEJIL